Tribunal del Meta negó tutela que pretendía frenar proceso de revocatoria en Puerto Carreño
En un fallo emitido el pasado 22 de junio El Tribunal Administrativo del Meta negó una tutela impuesta por el Alcalde de Puerto Carreño Marcos Pérez Jiménez, con la cual el burgomaestre pretendía frenar el proceso de revocatoria que se adelanta en su contra.
Según el fallo, la tutela iba en contra de “la Registraduría Nacional del Estado Civil, la Registraduría Especial de Puerto Carreño, siendo vinculados oficialmente al trámite de tutela el Consejo Nacional Electoral, la Dirección Nacional del Censo Electoral y el vocero de la iniciativa ciudadana “Todos recuperemos a Puerto Carreño” señor Rigoberto Alezones Sabogal”’, presuntamente por la vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso, y derecho a la defensa y contradicción.
Entre otros argumentos utilizados en su defensa Pérez Jiménez señaló que la Registraduría Especial de Puerto Carreño no le notificó personalmente que mediante la resolución No 001 de 2017 se reconocía a Rigoberto Alezones como vocero de la iniciativa “Todos recuperemos Puerto Carreño”. Sin embargo, frente a esto la Registraduría Nacional respondió que esa decisión se le comunicó al Alcalde por medio de un oficio radicado en su despacho el 27 de febrero.
Con el fallo negando la tutela, el proceso de revocatoria sigue su curso hasta el 30 de julio, día en que somete a votación por parte de los habitantes de Puerto Carreño.
De todas maneras, el Tribunal Administrativo del Meta anunció que si hay inconformidad con la sentencia se podrá impugnar frente al Consejo de Estado, de lo contrario será remitido a la Corte Constitucional para su revisión.