¡Es un hecho! Se aprueba la ordenanza para crear el Municipio de Barrancominas

Por: Cesar Mora - Inírida

Este martes 23 de julio de 2019, se llevó a cabo en la Asamblea Departamental del Guainía, el segundo debate del proyecto de ordenanza número 309 de 2019, “por el cual se crea el municipio de Barrancominas dentro del Departamento del Guainía”.

La ponencia para segundo debate presentada por el Diputado Alexander Melgarejo, enuncia que el proyecto de ordenanza, fue analizado en la Comisión Cuarta de la Corporación, donde con presencia de la administración del Departamento, el Secretario de Planeación “absolvió los interrogantes suscitados por los Diputados presentes en la mesa de trabajo (…), quedando a criterio de cada uno de los asistentes la satisfacción o no de las respuestas brindadas por tal funcionario”. Sin embargo, el Diputado Leonardo Ladino argumenta que “no se trata de si las respuestas del Secretario de Planeación nos satisfacen o no; el debate debe girar en torno a si se cumple la ley o no”.

Y es que en el “recinto de la democracia”, los Diputados debatieron alrededor de las posibles inconsistencias que tendría el proyecto, las cuales fueron presentadas por el Diputado Ladino, quien al final, refiriéndose “a asuntos de legalidad” votó negativo el proyecto. También lo hizo así el Diputado Jhon Fredy Sáenz.

La votación final de los Diputados fue de nueve a favor y dos en contra, por tanto, el proyecto se aprobó y mediante Ordenanza 248 de 2019, se creará el Municipio número 1.104 de Colombia y comprenderá los corregimientos de Barrancominas y Mapiripana del Departamento de Guainía; tal Ordenanza según lo indica el artículo 11, “regirá a partir del 01 de diciembre de 2019”.

Según el artículo séptimo de la Ordenanza, “el Departamento del Guainía deberá diseñar y ejecutar un programa de asistencia técnica al nuevo municipio con énfasis en los aspectos relacionados con la participación ciudadana, organización administrativa y fiscal, presupuesto, planeación y coordinación con las autoridades de los pueblos indígenas…”.

En Barrancominas, los habitantes del casco urbano estaban expectantes al debate. Fernando Romero, habitante del naciente municipio, dice que estaban a la expectativa de la decisión de la Asamblea Departamental y esperan “que sea para un buen desarrollo del territorio, como municipio tendremos presencia del Estado con todas sus instituciones y ojalá sea para el progreso de esta tierra”.

Las irregularidades que denuncia Ladino

Según Ladino, el corregimiento de Barrancominas no cumple con los requisitos para ser municipio, expuestos en la Ley 136 de 1994 en su artículo 8, modificado por el artículo 15 de la Ley 617 de 2000; por tanto, “cuando se presentó el proyecto mediante el cual se busca crear el nuevo municipio, se justificó la creación del mismo, aduciendo razones de Defensa Nacional y por ser Zona de Frontera, es decir, invocando el artículo 9 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 16 de la Ley 617 de 2000”.

Según documentos a que tuvo acceso EL MORICHAL y algunas afirmaciones hechas en el debate: las observaciones de los Ministerios de Defensa, Interior, Hacienda y la Cancillería, aclaran que (1), Barrancominas no es corregimiento de frontera y (2), según el Viceministerio para las Políticas y Asuntos Internacionales, cito: “al realizar una primera aproximación a los dos municipios se evidencia que en ninguno de ellos se identifica una amenaza de defensa nacional que soporte dicha categorización”.

Además, el Director de Asuntos Legales del Ministerio de Defensa, dice: “esta Dirección considera que si bien es cierto que el artículo 9 de la Ley 136 de 1994, permite excepcionalmente la creación de municipios sin que se llenen los requisitos exigidos en el artículo 8 ibídem, esto cuando medien razones de seguridad nacional, es preciso indicar que ni la memoraria (SIC) justificativa, ni los antecedentes allegados, acreditan o soportan en debida forma la excepcionalidad de la medida “Defensa Nacional”, por lo tanto se sugiere fundamentar de manera inequívoca la “Defensa Nacional”, tal como lo recomendó a su vez, la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República”.

Así las cosas, al no cumplir los requisitos y las excepciones de ley, dijo el Diputado Leonardo en el debate “podríamos incurrir en prevaricato por omisión y por ello mi voto a este proyecto es negativo”.

Frente a lo anterior, la ponencia del proyecto de ordenanza no hace referencia, salvo al justificar las excepcionalidades citando el decreto 1454 de 2018, por medio del cual el presidente Juan Manuel Santos, un día antes de terminar su mandato, le da el visto bueno a la creación de los municipios de Barrancominas y San Felipe.

¿Quién cubrirá los gastos de funcionamiento del nuevo municipio?

Otro de los puntos del debate, se dio alrededor del dinero de funcionamiento para el nuevo municipio. El Diputado Ladino afirma que ha “solicitado a las dependencias indicadas el respectivo costo del funcionamiento del nuevo municipio pero nunca he recibido la debida respuesta”.

Además, según la Ley 715 de 2001, en su artículo 87: “Cuando una de las divisiones departamentales a que hace referencia el artículo 21 del Decreto 2274 de 1991 (Corregimientos) sea erigida como municipio, participará en el Sistema General de Participaciones en la vigencia fiscal siguiente a la cual se erigió, siempre y cuando dicha situación se comunique al Departamento Nacional de Planeación con anterioridad a la aprobación del Documento Conpes que establece la distribución del Sistema General de Participaciones, para la respectiva vigencia”.

El Consejo Nacional de Política Económica y Social –Conpes-, es la máxima autoridad nacional de planeación y se desempeña como organismo asesor del Gobierno en todos los aspectos relacionados con el desarrollo económico y social del país, por tanto, una vez al año discute y aprueba los recursos del Sistema General de Participaciones de cada uno de los municipios del país. Sin embargo, el Conpes habría recibido información de los departamentos hasta el pasado 30 de junio, igualmente, los recursos del departamento para terminar el año, en su mayoría, están ya comprometidos. Por tanto, no se sabe con precisión de dónde van a salir los recursos para el funcionamiento del nuevo municipio en su primer año de existencia.

Frente a lo anterior, el Diputado Alexander Melgarejo presentó ponencia positiva frente a la ordenanza y agregó que “ya existe un presupuesto aprobado para la vigencia 2019 y es claro que mientras se hace la respectiva notificación del nuevo municipio ante el DNP, el departamento tendrá que asumir los costos que esto demande”.

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