[Opinión] La aduana invisible de Guainía: cuando llevar una botella de licor te convierte en “contrabandista”
Por Cesar Mora (En la foto de portada)
La Ordenanza 338 de 2023 del departamento del Guainía, en su intento por proteger el monopolio de los licores, ha creado un laberinto burocrático que criminaliza al ciudadano de a pie. La norma exige una tornaguía y un proceso de señalización para cualquier licor que ingrese al territorio, sin distinguir entre un cargamento comercial y la maleta de un viajero. Esto significa que un habitante que regresa a su casa con una botella comprada legalmente en otro departamento es, a los ojos de la ley, un infractor.
El problema de fondo es la desproporción de la medida. Si bien la Constitución permite el monopolio de licores como fuente de renta, este no puede erigirse en una barrera absoluta a la libre circulación de bienes de uso personal. La ordenanza, al equiparar a un ciudadano con una red de contrabando, vulnera principios básicos de proporcionalidad y libertad económica.
El vacío legal más grave es la ausencia de un mecanismo simple para el viajero. No existe un formulario, una declaración jurada en el punto de ingreso o una ventanilla donde se pueda liquidar y pagar el impuesto de forma inmediata. Ante esta falta, la autoridad solo puede aplicar la ley: sin tornaguía, el producto es decomisado (Art. 64, Parágrafo 1). Se castiga al ciudadano por no cumplir un requisito que, en la práctica, le es imposible de gestionar para una sola botella. Tener la factura de compra de otro departamento no es suficiente.
En conclusión, la Ordenanza 338 de 2023 prioriza el control fiscal de tal manera que termina estableciendo una prohibición de facto. Al no prever el consumo personal, la norma deja de ser un instrumento tributario justo para convertirse en una aduana invisible que penaliza la cotidianidad de sus habitantes y visitantes, confundiendo a un ciudadano con un delincuente. Es imperativo reformar este aspecto para humanizar su aplicación.

Excelente análisis amigo César felicitaciones
Que buena interpretación a esa ordenanza