Puerto Carreño declara calamidad pública por sequía e incendios
El alcalde de Puerto Carreño (Vichada), Jaime Rodríguez, firmó el Decreto 012 del 25 de enero de 2024, por medio del cual se declara la situación de calamidad pública en el municipio, debido a los efectos adversos de la temporada seca, el fenómeno de El Niño y los incendios de cobertura vegetal y forestal. El pasado 9 de enero se había declarado en ese municipio vichadense la alerta roja, por la misma situación.
Según el decreto, la calamidad pública se entiende como el resultado de uno o varios eventos naturales o antropogénicos no intencionales que causan daños o pérdidas humanas, materiales, económicas o ambientales, y que alteran gravemente las condiciones normales de funcionamiento de la población.
El decreto se fundamenta en los pronósticos del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM), que estiman disminuciones de las precipitaciones entre un 10% y un 60% con respecto a los promedios históricos en la mayor parte de los Llanos Orientales entre los meses de enero y febrero, así como un aumento de la temperatura media del aire entre 0.5°C y 2.5°C en amplias zonas del país, entre ellas el municipio de Puerto Carreño.
Asimismo, el decreto señala que al día 25 de enero de 2024 se han presentado 45 eventos por incendios forestales y de cobertura vegetal, que han afectado 144 hectáreas, de las cuales 9 corresponden a cultivos de marañón y eucalipto.
Además, el decreto indica que la empresa EMPCA, encargada de los servicios públicos de acueducto, ha reportado problemas en el suministro de agua, lo que genera un riesgo de desabastecimiento para la población.
Ante esta situación, el alcalde de Puerto Carreño declaró la calamidad pública por el término de seis meses, prorrogables por el mismo período en caso de ser necesario, con el fin de realizar las acciones de respuesta, rehabilitación y reconstrucción que se establecen en la Ley 1523 de 2012.
Para tal efecto, se elaborará el “Plan de Acción Específico para la respuesta y recuperación”, que busca generar actividades de prevención, contención y mitigación frente a la emergencia, e identificar las soluciones que se requieren en el corto, mediano y largo plazo. El seguimiento y la evaluación del plan estarán a cargo del Consejo Departamental para la Gestión del Riesgo de Desastres y la Unidad Nacional de Gestión de Riesgos de Desastres.
El decreto también establece medidas especiales de contratación, de acuerdo con el artículo 66 de la Ley 1523 de 2012, para los contratos relacionados directamente con las actividades de atención de la calamidad pública, que se someterán a los requisitos y formalidades que exige la ley para la contratación entre particulares. Los contratos celebrados bajo esta modalidad se remitirán a la Contraloría Departamental para su control.