Guainía y Vichada siguen sumidas en la pobreza multidimensional

Los departamentos de Guainía y Vichada continúan encabezando el Índice de Pobreza Multidimensional (IPM) en Colombia, de acuerdo con las más recientes cifras del DANE para el año 2023. Según el informe presentado el pasado 19 de abril, en el país este tipo de pobreza se redujo en 0.8 puntos porcentuales al pasar del 12.9% en 2022 a 12.1 el año anterior.  

En 2022, Guainía ocupaba la tercera posición nacional con un alarmante 46,5% de su población bajo el umbral de la pobreza multidimensional. Si bien logró reducir este indicador en más de 11 puntos respecto a 2021, las cifras para 2023 son desalentadoras al mostrar un aumento de 6 puntos porcentuales, situando la tasa en el 52%.

En la ‘Tierra de muchas aguas’, la pobreza multidimensional afecta más a quienes viven en centros poblados y la zona rural dispersa, con un 57%; frente al 46% de quienes viven en las cabeceras.

Las privaciones más críticas que aquejan a Guainía son el alto porcentaje de trabajo informal (89,1%), hogares sin acceso a fuentes de agua mejorada (60,7%), la inadecuada eliminación de excretas (52,6%), el material inadecuado de pisos (43,2%) y el bajo logro educativo (64,3%).

Indicador% de población afectada
Analfabetismo17,4
Bajo logro educativo64,3
Barreras a servicios para cuidado de la primera infancia9,1
Barreras de acceso a servicios de salud3,8
Desempleo de larga duración10,7
Hacinamiento crítico16,4
Inadecuada eliminación de excretas52,6
Inasistencia escolar7,1
Material inadecuado de paredes exteriores20,7
Material inadecuado de pisos43,2
Rezago escolar37,8
Sin acceso a fuente de agua mejorada60,7
Sin aseguramiento en salud13,0
Trabajo infantil1,1
Trabajo informal89,1
Privaciones por hogar en Guainía durante 2023, según variable.

Por su parte, Vichada se mantiene como el departamento con mayor población en pobreza multidimensional del país. En 2022 registró un estremecedor 75,4%, aumentando más de 10 puntos en comparación con 2021. Para 2023 la situación mejoró ligeramente al bajar a 65%, pero sigue siendo inaceptablemente alta.

En el segundo departamento más grande de Colombia, el 75% de los residentes en centros poblados y en la zona rural dispersa tienen la condición de pobreza multidimensional. En las cabeceras, esta situación solo afecta al 34% de las personas.

Las principales privaciones que afectan a Vichada son el trabajo informal (96,2%, la falta de acceso a fuentes de agua mejorada (69,5%), la inadecuada eliminación de excretas (84,7%), el bajo logro educativo (82,9%), el material inadecuado de pisos (64,6%) y el analfabetismo (27,9%).

Indicador% de población afectada
Analfabetismo27,9
Bajo logro educativo82,9
Barreras a servicios para cuidado de la primera infancia12,6
Barreras de acceso a servicios de salud0,1
Desempleo de larga duración24,3
Hacinamiento crítico8,0
Inadecuada eliminación de excretas84,7
Inasistencia escolar15,4
Material inadecuado de paredes exteriores15,6
Material inadecuado de pisos64,6
Rezago escolar23,2
Sin acceso a fuente de agua mejorada69,5
Sin aseguramiento en salud25,6
Trabajo infantil0,3
Trabajo informal96,2
Privaciones por hogar en Vichada durante 2023, según variable.

Junto a Vichada (65%) y Guainía (52%), Vaupés (56%) hace parte de los tres departamentos colombianos con mayores índices de pobreza multidimensional. En contraste, los departamentos del Valle del Cauca (7%), San Andrés (5%) y la ciudad de Bogotá (3,6%), son los lugares con menos pobreza multidimensional del país.

¿Qué es la pobreza multidimensional?

La pobreza multidimensional es un indicador que va más allá de los ingresos económicos y mide las carencias que sufre la población en dimensiones esenciales como educación, salud, vivienda, trabajo y servicios públicos. El DANE considera pobres multidimensionales a los hogares que tengan un índice ponderado de privaciones igual o superior al 33%.

Estas son las privaciones que contempla el Índice de Pobreza multidimensional (IPM):

Pobreza multidimensional (IPM): se considera pobres a aquellos hogares que tengan índice de pobreza multidimensional ponderado, igual o superior al 33% de las privaciones.

Privación por logro educativo: una persona se considera privada, si pertenece a un hogar donde la educación promedio de las personas mayores de 15 años es menor a 9 años de educación.

Privación por analfabetismo: una persona se considera privada, si pertenece a un hogar en el que hay, al menos, una persona de 15 años y más que no sabe leer y escribir.

Privación por inasistencia escolar: una persona se considera privada, si pertenece a un hogar que tiene, al menos, un niño entre 6 y 16 años que no asiste a una institución educativa. En 2020 se usa la integración del registro administrativo SIMAT, el formulario C-600 y la Encuesta de Calidad de Vida para la estimación del indicador de inasistencia escolar. De acuerdo con los sucesos generados por la pandemia covid19, ahora se tiene en cuenta además de la modalidad presencial, alternancia y virtualidad, para esta última se observa si la persona tiene conexión a internet, dispositivos para acceder a la conexión y finalmente si tiene comunicación en la semana con su maestro, si la persona se encuentra en esta modalidad y no cuenta con las condiciones anteriores se considera privada.

Privación por rezago escolar: una persona se considera privada, si pertenece a un hogar que tiene, al menos, un niño entre 7 y 17 años con rezago escolar (número de años aprobados inferior a la norma nacional).

Privación por acceso a servicios para el cuidado de la primera infancia: una persona se considera privada, si pertenece a un hogar que tiene, al menos, un niño de 0 a 5 años sin acceso a todos los servicios de cuidado integral (salud, nutrición y cuidado).

Privación por trabajo infantil: una persona se considera privada, si pertenece a un hogar que tiene, al menos, un niño entre 12 y 17 años trabajando.

Privación por desempleo de larga duración: una persona se considera privada, si pertenece a un hogar que tiene, al menos, una persona de la Población Económicamente Activa (PEA) desempleada por más de 12 meses.

Privación por empleo formal: una persona se considera privada, si pertenece a un hogar que tiene, al menos, un ocupado sin afiliación a pensiones.

Privación por falta de aseguramiento en salud: una persona se considera privada, si pertenece a un hogar que tiene, al menos, una persona mayor de 5 años que no se encuentra asegurada en salud.

Privación por barreras de acceso a salud dada una necesidad: una persona se considera privada, si pertenece a un hogar que tiene, al menos, una persona que en los últimos 30 días tuvo una enfermedad, accidente, problema odontológico o algún otro problema de salud, que no haya implicado hospitalización y que para tratar este problema no acudió a un médico general, especialista, odontólogo, terapista o institución de salud.

Privación por acceso a fuente de agua mejorada: una persona se considera privada, si pertenece a un hogar que no cuenta con servicio de acueducto. En el caso de los hogares rurales, una persona se considera privada si el agua la obtienen de pozo sin bomba, agua lluvia, río, manantial, carrotanque, aguatero u otra fuente.

Privación por inadecuada eliminación de excretas: una persona se considera privada, si pertenece a un hogar que no cuenta con servicio público de alcantarillado. En el caso de los hogares rurales, cuentan con inodoro sin conexión, bajamar o no tienen servicio sanitario.

Privación por material inadecuado de pisos: una persona se considera privada, si pertenece a un hogar, cuya vivienda cuenta con pisos de tierra.

Privación por material inadecuado de paredes exteriores: una persona se considera privada, si pertenece a un hogar cuya vivienda cuenta con paredes de madera burda, tabla, tablón, guadua u otro vegetal, zinc, tela, cartón, desechos o no tiene paredes. Un hogar rural se considera en privación, si su vivienda cuenta con paredes de guadua u otro vegetal, zinc, tela, cartón, deshechos o no tiene paredes.

Privación por hacinamiento crítico: una persona se considera privada, si pertenece a un hogar donde hay tres o más personas por cuarto. Un hogar rural se considera en privación, si hay más de tres personas por cuarto.

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