Con un decreto la Alcaldía pretende regular venta de combustible en Inírida
Una vez más los habitantes de Inírida (Guainía) se ven obligados a realizar todo tipo de maniobras para lograr acceder a la gasolina que requieren sus vehículos debido a que en la única estación de servicio que hay en tierra desde ayer presuntamente se agotó ese tipo de combustible.
Todos aquellos que requieren de la gasolina ahora deben llega hasta el muelle del río Inírida, para abastecerse desde las dos estaciones fluviales que se ubican en el lugar, y con botellas o galones bajar a comprar el líquido para poder llevarlo hasta sus vehículos.
Para Aurelio Garzón, habitante de Inírida, “a nosotros nos afecta tener que venir hasta acá (el puerto), y además la bajada al río es complicada, puede haber un accidente acá”, preció Garzón. “El acceso hasta el lugar está deteriorado, y tener que venir hasta acá significa perder más tiempo en el trabajo”, expresó otro motocarrista de la ciudad.
Esta problemática se suma al hecho de que la gasolina subsidiada –que cuesta $9.590- que llega al departamento alcanza únicamente para los primero días de cada mes y luego pasan a paga 12.450 pesos por un galón.
Frente a este último caso, la Alcaldía de Inírida emitió un decreto que empezará a regir a partir del 1 de diciembre de 2018, con el cual apuntan a poner control a la venta del combustible subsidiado en ese municipio.
Una de las medidas decretadas por la Alcaldía es que la estación de servicio en tierra que se encuentra en el municipio solo podrá abastecer el combustible directamente a los vehículos sin restricción en la cantidad requerida, y que para la venta en recipientes no se podrán despachar más de tres galones a una misma persona.
Pero para quien requiera comprar entre 4 y 220 galones, deberá hacer una solicitud ante la Secretaría de Planeación y Desarrollo Económico Municipal. Esa entidad facilitará un formulario en el cual deben diligenciar el uso y destino del combustible (uso agrícola, comercial, industrial, etc.), junto a copia de su documento de identidad. Y luego de dos días hábiles la Secretaría emitirá un concepto favorable o negativo. De acuerdo a eso se podrá proceder con la compra del combustible.
Para el caso de las estaciones fluviales, el decreto 146 del 16 de noviembre emitido por alcaldía también plantea regulaciones.
Dichas estaciones solo podrán tanquear directamente a las embarcaciones, y cuando se requiera comprar entre 4 y 220 galones, deberá adquirirse el ‘Zarpe’, que expide la Inspección Fluvial del municipio de Inírida, el cual determina la cantidad de combustible que podrá adquirir, teniendo en cuenta los datos de navegación.
Además, el decreto en su artículo cuatro dice que “en ningún caso, un particular podrá adquirir en modalidad de recipiente, más de 8.000 galones de gasolina mensualmente”.
En el mismo decreto la Administración municipal exige a las estaciones de servicio notificar de manera formal e inmediata cuando se acabe el suministro de combustible subsidiado, o cuando se interrumpa la prestación del servicio de gasolina, justificando de la manera clara el motivo de la interrupción.
Las estaciones de servicio también deberán entregar a la Alcaldía un informe detallado de la venta de combustible mensual.