Alcaldía de Puerto Carreño fija medidas para la publicidad en el proceso de revocatoria
Por medio del decreto 117, del 7 de julio de 2017, la Alcaldía Municipal de Puerto Carreño regulará la publicidad política o propaganda para el proceso de revocatoria del mandato que se adelanta en esa jurisdicción.
El objetivo del decreto es regular la publicidad a la hora de “difundir, promover o hacer campaña a favor, en contra o por la abstención del mecanismo de participación ciudadana convocado para el 30 de julio en su modalidad de publicidad exterior visual y auditiva”, todo esto con el fin de prevenir la contaminación en el municipio de Puerto Carreño.
Lo primero que deja claro el documento es que la publicidad que se reglamenta es aquella correspondiente a los avisos, vallas, pendones, pasacalles, murales y cuñas radiales.
También deja claro el decreto que la publicidad exterior la podrán hacer únicamente los comités que están registrados ante el Consejo Nacional Electoral para este proceso revocatorio. Además, el permiso de la instalación de propaganda lo deben solicitar los voceros de cada comité ante la Secretaría municipal de Planeación y Obras Públicas.
Entre las limitaciones que pone el decreto están el hecho de que cada comité promotor tiene derecho solamente a dos pasacalles en el casco urbano del municipio, mientras que en las inspecciones solo podrán colocar uno. El documento también manifiesta que la publicidad exterior visual se podrá instalar solamente faltando dos semanas al desarrollo de las votaciones.
La Inspección de Policía del Municipio será la encargada de velar que las normas emitidas en el decreto respecto a la publicidad se cumplan.
Foto: Facebook Pedro Carreño